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Tanto la Dirección de la Empresa como la RR.TT. son conscientes de la importancia que tiene para el futuro de las actividades de Logística e Inmobiliario el incremento del volumen de negocio de las mismas, con criterios de eficiencia y rentabilidad. En este sentido, la evolución de estas dos actividades debe tender hacia una mayor apertura al mercado, de forma que se posibilite la prestación de servicios logísticos y de servicios inmobiliarios de obras y mantenimiento de edificios no solamente al resto de empresas del Grupo, sino que puedan ofrecerse estos servicios a otras empresas, lo que sin duda permitirá aumentar los ingresos procedentes de estas actividades.

Teniendo en cuenta estas circunstancias, resulta necesario adecuar las condiciones de trabajo existentes en estas actividades a las necesidades actuales y futuras que la evolución de las mismas requiere, al objeto de conseguir el objetivo indicado. Por ello, y sin perjuicio de que sean de aplicación para estas actividades las condiciones generales pactadas en el presente convenio, a continuación se detallan las condiciones específicas que se implantarán en estas Áreas de actividad:

8.1 LOGÍSTICA

Al objeto de avanzar en el desarrollo del modelo ya acordado para esta actividad en convenios anteriores y con el objetivo de conseguir la gestión eficiente en esta actividad, se acometerán las siguientes medidas:

1.- Concentración de la actividad logística

Como continuación del proceso de implantación del nuevo modelo de logística iniciado con los acuerdos alcanzados en el Convenio Colectivo 1999/2000, y teniendo en cuenta el plan estratégico de eficiencia para los Centros Logísticos, se hace necesaria la concentración de esta actividad en varias cabeceras territoriales, lo que implica el cierre del resto de almacenes provinciales. En este sentido, los Centros Objetivos de Logística serán los de las siguientes provincias: Alicante, Badajoz, Baleares, Barcelona, Las Palmas, León, Madrid, Málaga, Pontevedra, Sevilla, Tenerife, Valencia, Valladolid, Vizcaya y Zaragoza.

La provisión de los recursos necesarios para realizar la actividad en los Centros Objetivos de Logística, así como los procesos de reubicación de los empleados actualmente adscritos a los centros que se cierran, se efectuarán mediante los procedimientos de provisión y reubicación de recursos humanos contemplados en el presente convenio.

2.- Movilidad funcional

En los supuestos en que se precise la movilidad funcional dentro de esta actividad, se aplicarán los mecanismos previstos en la cláusula 4.2 del presente convenio.

3.- Jornada, turnos y horarios

Personal dedicado a actividad de almacén

Se establecerán los turnos de mañana, tarde, noche y partido, necesarios para la correcta atención de la actividad a realizar. Los turnos y horarios que se utilizarán estarán en función de la tipología de los diferentes Centros y sus necesidades concretas de atención horaria, observando los procedimientos previstos en la Normativa Laboral.

Personal dedicado a actividades administrativas

Para el personal Administrativo que desarrollen actividades relacionadas con suministradores, proveedores y/o clientes, que no se encuentren sujetos a un régimen de turnos, se podrá establecer con carácter voluntario la jornada partida con las compensaciones previstas en la Normativa Laboral y según la distribución horaria que a continuación se detalla. En el supuesto de que no se cubran las necesidades con suficiente personal voluntario, ambas partes asumen el compromiso de acordar durante el presente año la solución más adecuada para la cobertura de esta actividad, en el seno de la Comisión de Negociación Permanente.

El horario de atención propuesto para adaptarse a las necesidades de estas actividades, tendría el siguiente esquema:

De lunes a jueves:

  • Primer período de 6 horas de duración: de 8,00 a 14,00 horas
  • Interrupción para la comida de duración flexible entre una y dos horas
  • Segundo período, de 2 horas de duración: de 15,00/16,00 horas a 17,00/18,00 horas

Viernes:

  • De 8,30 a 14 horas

Cambios de turnos

En relación con las modificaciones de turnos necesarias para la cobertura de la actividad, será de aplicación lo previsto en el apartado de Condiciones de trabajo.- Jornada y horarios, del Acuerdo para la cobertura de RR.HH. en el Nuevo Modelo de Logística, que se incluyó como Anexo 2 del Convenio Colectivo 1999/2000.

8.2 INMOBILIARIO

Las necesidades de actualización de las condiciones de trabajo para esta actividad, además de las contempladas con carácter general en el presente Convenio Colectivo, se concretan en las siguientes:

1.- Jornada y horarios:

Personal Técnico y Administrativo

Para el personal Técnico y Administrativo que desarrollen actividades relacionadas con suministradores, proveedores y/o clientes, que no se encuentren sujetos a un régimen de turnos, se podrá establecer con carácter voluntario la jornada partida con las compensaciones previstas en la Normativa Laboral y según la distribución horaria que a continuación se detalla. En el supuesto de que no se cubran las necesidades con suficiente personal voluntario, ambas partes asumen el compromiso de acordar durante el presente año la solución más adecuada para la cobertura de esta actividad, en el seno de la Comisión de Negociación Permanente.

El horario de atención propuesto para adaptarse a las necesidades de estas actividades, tendría el siguiente esquema:

De lunes a jueves:

  • Primer período de 6 horas de duración: de 8,00/8,30 horas a 14,00/14,30 horas
  • Interrupción para la comida de duración flexible entre una hora y hora y media.
  • Segundo período, de 2 horas de duración: de 15,00/16,00 horas a 17,00/18,00 horas

Viernes:

  • De 8,30 a 14 horas

Auxiliares de Edificios y Servicios y otros empleados reasignados en estas funciones

Se mantiene la posibilidad de implantar los turnos de mañana, tarde, partido y noche necesarios para la atención del servicio. Los turnos y horarios a utilizar estarán en función de la actividad específica de cada Unidad y de las necesidades concretas de atención horaria, observando los procedimientos previstos en la Normativa Laboral.

2.- Formación

Además de los procesos de formación previstos con carácter general en la cláusula de Formación del presente convenio, se hace necesario acometer un plan especial de formación para el conjunto de trabajadores adscritos a esta actividad que permita la cualificación de la plantilla en línea con el nuevo escenario de negocio. A estos efectos, se impartirán las acciones formativas necesarias en las siguientes materias:

  • Gestión y mantenimiento de elementos constructivos
  • Cursos específicos de gestión inmobiliaria
  • Aprendizaje de las técnicas de "facility management"
  • Cursos superiores sobre gestión inmobiliaria
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2008-04-24 -an eguneraturik ESK - Telefónica -
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